Portada OPINIÓN
Por María del Carmen Aceña

Esperanza de Paz


"De ahora en adelante entraremos a la cultura de la vida, de la esperanza de una nueva resurrección, en la que ya no volveremos a ver hacia el pasado... Hacemos un llamado a la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG)- para que ponga todo de su parte, a fin de que la paz pueda suscribirse a la mayor brevedad posible." Estas frases son parte del discurso de toma de posesión del Presidente de la República Alvaro Arzú en enero de este año. Muchos de los guatemalte cos opinaron que por cuarta vez un presidente de Guatemala se comprometía a firmar la paz. Los tres anteriores lo intentaron sin éxito.

Así, después de un año de discusiones, y cuatro meses de gobierno, se logró firmar un documento sobre el tema más controversial, "Aspectos Socioeconómicos y Reforma Agraria." El documento, de cuatro capítul os, 53 temas y 37 páginas, plantea objetivos, metas y procedimientos generales para los próximos cinco años. A diferencia de los documentos anteriores, éste no compromete principios, como los relativos a la propiedad. Es un doc umento de grandes lineamientos, en que se reconoce que la inversión, la productividad y el crecimiento económico son claves para salir de la pobreza.

Parte fundamental de este acuerdo son los principios que lo sustentan, y que orientan los objetivos y metas en lo social y en lo económico. En los considerandos del acuerdo se expresa que el desarrollo socioeconómico debe ser la base de una paz firme y duradera. Aboga por la seguridad jurídica de la propiedad de la tierra. Insta a la democratización del Estado. Busca crear mecanismos para la participación de la población en el desarrollo, y para propiciar la solid aridad en la lucha contra la pobreza, la discriminación y los privilegios. En relación con la participación y concertación social se refiere a la modernización del Estado y a la descentralización. Respecto al desa rrollo social toma en cuenta los conceptos de eficiencia y crecimiento económico, de inserción en la economía mundial y de desarrollo sustentable.

No queda claramente definida la transformación del Estado. Se le define como promotor, orientador y regulador del desarrollo; como legislador; como fuente de inversión pública y prestatario de servicios sociales universales; y como pr omotor de la concertación social. Sin embargo, se corre el peligro de que el Estado continúe siendo benefactor y no asuma su rol subsidiario.

En el acuerdo se han fijado varios objetivos y metas, con su respectivo plazo, para alcanzar el desarrollo socioeconómico del país. Se propone como meta un crecimiento sostenido de la producción nacional a una tasa no menor del 6% anu al. Si bien es cierto que necesitamos crecer a una tasa del 6% anual, en 1995 apenas superamos el 4% y en los primeros cinco meses de este año se ha percibido una desaceleración en el crecimiento económico.

En la tercera parte del acuerdo, "Situación Agraria y Desarrollo Rural" se comenta promover un agro más eficiente y más equitativo, fortaleciendo el potencial de todos sus actores. Se afirma que la revolución de la situaci&oacu te;n agraria es un proceso complejo que abarca, entre otras, la modernización de la producción y el cultivo. No se habla en términos de reforma agraria confiscatoria, como solía hacerlo la URNG. Lo más relevante es que p romueve una reforma legal para establecer un marco jurídico seguro, simple y accesible a toda la población con relación a la tenencia de la tierra.

Respecto a la política tributaria se busca un sistema justo, equitativo y globalmente progresivo, universal y obligatorio, y que no desestimule el ahorro y la inversión. Se desea incrementar, antes del año 2000, la carga tributaria en relación a la producción en, por lo menos, un 50% respecto a 1995. Si cada año se incrementara la carga tributaria en un 10% respecto al año anterior, sí se lograrían los ingresos tributarios previstos. El Gobier no se compromete a aplicar sanciones ejemplares a quienes, de distintas maneras, defrauden al fisco, pero esto implica reformas al Código Tributario y a otras leyes del sector.


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Junio de 1996